Buscar

Buenos Aires - Argentina Buenos Aires - Argentina

Argentina. Nuevo decreto Covid va contra la libertad religiosa

El Consejo Argentino para la Libertad Religiosa manifiesta su preocupación por las nuevas limitaciones impuestas por el gobierno al culto religioso en los templos sin reconocer que la salud espiritual de las personas es tanto o más importante que la salud física.

Alina Tufani - Ciudad del Vaticano

“Esa prohibición absoluta carece de razonabilidad y de proporcionalidad”. Esta la declaración del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa (CALIR) ante el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia, que modifica las medidas generales de prevención, a fin de disminuir el impacto de la denominada “segunda ola” de transmisión del Covid-19, en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). El comunicado advierte sobre las nuevas limitaciones a la libertad religiosa que “el Poder Ejecutivo Nacional pretende imponer” con el nuevo decreto “que sin haber decretado  el estado de sitio ni contar con la necesaria intervención del Congreso” prohíbe todas las actividades religiosas que se realizan en ámbitos cerrados en el área metropolitana de Buenos Aires.

El decreto 241/2021 que entró en vigor, ayer, lunes 19 de abril y se extiende hasta el próximo 30 de abril, en el punto 2 sobre las “Medidas específicas de prevención y contención” suspende todas las “actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados”. Al respecto el Calir reclama que la medida  no está dirigida a reuniones masivas sino que abarca incluso acciones individuales  o con escasa cantidad de gente, y sin tomar en cuenta las dimensiones de los templos o lugares de culto que pueden permitir una adecuada distancia sanitaria entre los participantes.

Al respecto, el Calir insiste en que las comunidades religiosas han aprendido y son “las primeras interesadas en cuidar la salud de sus miembros tomando las precauciones sanitarias pertinentes”. Por ello, considera que la prohibición de toda actividad, bajo amenaza de sanción penal,  constituye una inaceptable violación de derechos humanos fundamentales.

“En definitiva, la prohibición denota cuanto menos un gran desconocimiento,  y acaso un notable desprecio, de lo que significa la libertad religiosa como derecho fundamental de las personas y las comunidades. La salud espiritual de las personas es tanto o más importante que la salud física” se lee en el comunicado.

Igualmente, el Calir aclara que al decir “actividades religiosas” estas incluyen no solo las celebraciones comunitarias sino también la asistencia individual, la oración, las celebraciones de bautismos, matrimonios y otros actos similares que, dependiendo de cada tradición religiosa, “no son solamente esenciales, sino vitales”.

En mayo del año 2000, la entonces Secretaria de Culto convoca a un grupo de asesores formado por juristas y personas con reconocida trayectoria en temas de libertad religiosa pertenecientes a distintas confesiones y tradiciones religiosas. Concluida su labor, el grupo asesor tomó la iniciativa de constituir el Consejo Argentino para la Libertad Religiosa con el propósito de seguir trabajando con el mismo espíritu, dedicación e interés en la defensa de los derechos y temas importantes para la nación.

Gracias por haber leído este artículo. Si desea mantenerse actualizado, suscríbase al boletín pulsando aquí

20 abril 2021, 18:00