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Congregación para la Doctrina de la Fe sobre Mons. Apuron

El Tribunal de Segunda Instancia en fecha 7 de febrero de 2019 confirmó la sentencia de Primera Instancia, declarando al imputado culpable de delitos contra el Sexto Mandamiento con menores

Como anunciado el pasado 16 de marzo de 2018, el Tribunal Apostólico de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha concluido en Primera Instancia el proceso penal judicial a cargo de S.E. Mons. Anthony Sablan Apuron, O.F.M.

La sentencia estaba sujeta a una eventual apelación, que de hecho ha sido interpuesta. El Tribunal de Segunda Instancia en fecha 7 de febrero de 2019 confirmó la sentencia de Primera Instancia, declarando al imputado culpable de delitos contra el Sexto Mandamiento con menores.  

Las penas impuestas son: la privación del cargo, la prohibición perpetua de residir incluso temporalmente en la Arquidiócesis de Agaña; la prohibición perpetua de usar las insignias propias del oficio de Obispo. Esta decisión representa la conclusión final del caso. No es posible apelar más.

Los hechos

El doloroso crimen de los  abusos ha afectó a la archidiócesis de Agaña (Guam), en la persona de su arzobispo, Mons. Anthony Sablan Apuron, acusado, entre otras cosas, de haber cometido abusos a menores. El 6 de junio de 2016, el Papa Francisco nombró al Obispo Savio Hon Tai-Fai, Secretario de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, Administrador Apostólico “sede plena” de Agaña.

El 31 de octubre del mismo año, el Pontífice nombró al Arzobispo Coadjutor con facultades especiales de Agaña a Mons. Michael Jude Byrnes, hasta entonces obispo titular de Eguga y auxiliar de Detroit en los Estados Unidos. Posteriormente, el 16 de marzo de 2018, los cinco jueces del Tribunal Apostólico de la Congregación para la Doctrina de la Fe emitieron una sentencia en primer grado contra Apuron, declarando al acusado culpable de algunos de los cargos, “incluidos los de abuso sexual a menores” e imponiéndole “las penas de cesación del cargo y prohibición de residencia en la archidiócesis de Guam”.

“La sentencia –concluía el comunicado de la Congregación – sigue sujeta a una eventual apelación. En ausencia de apelación, la sentencia se convierte en definitiva y efectiva. En caso de apelación, las penas impuestas se suspenden hasta la resolución final”.

Lo que dijo el Papa

El 26 de agosto de 2018, durante la conferencia de prensa en el vuelo de regreso del Viaje Apostólico a Irlanda, el Papa Francisco volvió a tratar la cuestión de la apelación. En esa ocasión, el Pontífice dijo: “el arzobispo de Guam, que ha recurrido en apelación y yo he decidido —porque era un caso muy, muy complejo— usar un derecho que tengo, de reservarme la apelación y no mandarlo al tribunal de apelación que hace su trabajo con todos los sacerdotes, pero me lo he reservado. He formado una comisión de canonistas que me ayuda y me han dicho que, en poco tiempo, un mes como mucho, se hará la ‘recomendación’ para que yo haga el juicio. Es un caso complicado, por una parte, pero no difícil, porque las evidencias son clarísimas; por el lado de las evidencias, son claras. Pero no puedo prejuzgar. Espero el informe y después juzgaré. Digo que las evidencias son claras porque son las que han llevado a la condena en el primer tribunal”.

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04 abril 2019, 13:55